HOMOLOGACIÓN DESENTENCIAS DE DIVORCIO
La homologación en el Ecuador es el reconocimiento de una sentencia extranjera. Es la convalidación en el Ecuador de una sentencia dictada fuera del país. Es la nacionalización de una sentencia extranjera.
Ejemplo: Una sentencia que sea expedida por los jueces de Estados Unidos, España, Italia, etc., y que deba ser reconocida y ejecutada por el Estado Ecuatoriano, tiene que previamente ser homologada o lo que equivale a decir reconocida por la Función Judicial. Solo así, esa sentencia surtirá su efecto extraterritorial.
No es admisible en Derecho Internacional que una sentencia extranjera produzca sus efectos jurídicos directamente en otro país, es necesario que se cumpla con el proceso de homologación.
Lo primero que se debe hacer con la sentencia extranjera es legalizarla a través de la apostilla, a fin de que surta plenos efectos jurídicos en el Ecuador.
Este es el primer paso que se debe dar, no solo con las sentencias judiciales, sino con todos los documentos o instrumentos públicos o privados que se pretenda hacer valer extraterritorialmente en otro Estado, Nación o País.
Los documentos otorgados en territorio extranjero deberán imperativamente ser autenticados de acuerdo con lo previsto en la Convención de La Haya sobre la Apostilla.
Estos temas, en la actualidad, revisten mucha importancia dada la enorme migración de ecuatorianos al exterior, habiendo verdaderas comunidades de ecuatorianos en España, Italia y los Estados Unidos, que dentro de su convivencia en países extranjeros contraen matrimonio, se divorcian, procrean hijos, así como fallecen.
Los casos más comunes son los divorcios efectuados en los países extranjeros como Estados Unidos y otros. En esos casos, quienes pretendan hacer valer ese divorcio en el Ecuador, tienen necesariamente que convalidarlos o lo que equivale a decir: homologarlo. La homologación procede siempre que se cumplan todos los requisitos de legalidad y no se oponga al derecho público ecuatoriano.
El Ecuador tiene la potestad de reconocer o no un divorcio o nuevo matrimonio de personas divorciadas en el extranjero, de conformidad con el Código de Derecho Internacional Privado Sánchez de Bustamante.
Finalmente, los efectos probatorios de una sentencia no tienen efecto en el sistema legal ecuatoriano si previamente no se la homologa.
Varios convenios internacionales, tratados y el Código de Derecho Internacional Privado se aplican en la homologación de las sentencias extranjeras en el Ecuador.
Debe ser un profesional altamente capacitado y con experiencia quien patrocine la homologación de una sentencia extranjera en el Ecuador.
En definitiva, la homologación debe cumplir con los requisitos supranacionales, constitucionales y legales, a fin de que pueda convalidarse en el Ecuador o cualquier país.
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Llevamos más de 30 años en el Ecuador homologando sentencias y más de 25 años en el área triestatal de Nueva York, Nueva Jersey y Connecticut, sirviendo a la comunidad ecuatoriana y latina en general.