CAPITULACIONES MATRIMONIALES
Las capitulaciones matrimoniales son las convenciones que celebran los esposos o cónyuges en tres momentos:
- Antes del matrimonio (prenupcial).
- Al momento de celebrar el matrimonio.
- Durante el matrimonio, relativas a los bienes, donaciones y concesiones que se quieran hacer el uno al otro, de presente o de futuro.
También pueden capitular quienes mantengan una unión de hecho o quienes, estando casados, han disuelto la sociedad conyugal.
Tendencias de divorcio en Ecuador
Entre 2006 y 2016, en el Ecuador, los divorcios aumentaron en 83,45%. Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) en el Anuario de Estadísticas Vitales: Matrimonios y Divorcios, en 2016 hubo 25.468 divorcios, frente a 13.981 en 2006. Mientras tanto, los matrimonios cayeron 22,01% (74.036 en 2006 y 57.738 en 2016).
Las principales causas de divorcio registradas en 2016 fueron:
- Mutuo acuerdo: 62,80% (15.995 casos).
- Abandono voluntario e injustificado: 32,02% (8.157 casos).
- Injurias graves o actitud hostil: 895 casos.
- Otras causales: en menor número de juicios.
Importancia de las capitulaciones matrimoniales
La edad es un factor clave en la decisión de realizar capitulaciones matrimoniales. Los jóvenes, dentro del idilio, contraen matrimonio sin más consideración que el amor. Sin embargo, personas que han pasado por un primer matrimonio y divorcio suelen ser más precavidas.
Un 90% de las personas divorciadas, antes de nuevas nupcias, ya celebran capitulaciones matrimoniales.
La base de toda relación es la confianza, ¿verdad…? Yo me caso contigo porque te quiero, no por lo que tienes. Por ello, los futuros cónyuges deben hablar con honestidad y transparencia sobre el régimen económico a establecer dentro del matrimonio. Es un acto de madurez, responsabilidad y protección a la familia y los hijos.
Algunas personas erróneamente piensan que las capitulaciones matrimoniales están ligadas a un temor o miedo de que el matrimonio termine. Pero si ese fuera el caso, incluso así serían convenientes.
Las capitulaciones matrimoniales son la mejor manera de definir el destino de los bienes en caso de divorcio.
Régimen económico en el matrimonio
Cada pareja debe elegir el régimen económico que gobernará su matrimonio.
- Si no eligen ninguno al momento de contraer matrimonio en el Registro Civil, su unión se regirá por gananciales, es decir, bienes mancomunados.
- Si desean mantener independencia económica, deben firmar capitulaciones matrimoniales.
¿Qué establecen las capitulaciones matrimoniales?
Las capitulaciones matrimoniales son acuerdos patrimoniales en los que, mediante escritura pública, se determina:
- Qué bienes formarán parte de la sociedad conyugal.
- Qué bienes permanecerán fuera de la sociedad conyugal.
Las capitulaciones permiten que cada uno mantenga independencia económica, si así lo desean.
¿Se pueden modificar las capitulaciones matrimoniales?
Sí. Las capitulaciones son un acto voluntario y solemne, realizado mediante escritura pública en sede notarial.
Por su naturaleza, son revocables, modificables y pueden derogarse, pero siempre mediante escritura pública.
En derecho, las cosas se deshacen de la misma forma en que se hacen.
Se diferencian de la disolución de la sociedad conyugal, ya que una vez disuelta, no se puede restablecer, salvo que los cónyuges contraigan matrimonio nuevamente.
Asesoría legal en capitulaciones matrimoniales
Las capitulaciones matrimoniales deben ser preparadas por un profesional del derecho, con conocimientos, experiencia y práctica en la materia.
No dude en llamarnos o escribirnos.
Ponemos a su disposición nuestras oficinas en la ciudad de Nueva York, desde donde servimos a toda el área triestatal (Nueva York, Nueva Jersey y Connecticut), con un equipo de profesionales probados con experiencia en legalización de documentos para que surtan pleno efecto legal y jurídico en el Ecuador.
Ya sea en el Registro Civil, Cortes de Justicia y/o cualquier dependencia administrativa, servimos en todas las áreas del Derecho de Familia, junto a un staff de procuradores que busca ofrecer un servicio que se distingue de lo que comúnmente ofrecen otros abogados, notarios o personas improvisadas.
CURADURIA DENUPCIAS
La curaduría de nupcias es un nombramiento de un curador especial que se realiza cuando una persona desea contraer nupcias y tiene hijos menores de edad bajo su patria potestad.
Es un proceso voluntario, que inicia con una petición ante el Juez de la Familia y se adjunta los certificados de nacimiento de los menores de edad y con el nombre de la persona propuesta para el cargo, quien debe presentarse ante el juez para su designación.
La curaduría es un cargo impuesto a una persona para que proteja los intereses del menor de edad y quien tomará decisiones a su nombre.
El curador puede ser cualquier persona mayor de edad y debe ser designada por dos testigos que declararán ante el juez su aptitud para el desempeño de las responsabilidades y si el menor de edad tiene más de doce años, designará directamente a su curador ante el juez.
Los requisitos son:
- Certificados de nacimiento de los menores.
- Copia de la cédula del solicitante.
- Copia de la cédula de los testigos.
- Copia de la cédula del curador que será designado.